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Registro de Entidades Locales
Mancomunidad de Municipios Rincón de Ademuz
Denominación:
Mancomunidad de Municipios Rincón de Ademuz
CIF:
P9600101A
Dirección:
C/ Diputación, 28 (Casas Altas)
Código Postal:
46147
Teléfono:
978782425
Fax:
Correo Electrónico:
secretariamancorincon@gmail.com
Provincia:
València/Valencia
Capitalidad:
Fecha estatutos:
2023-04-12
Competencias:
Artículo 3 1. La Mancomunidad asume entre sus fines la gestión mancomunada de ejecución de obras y prestación de servicios comunes adecuados para los intereses supramunicipales de su territorio y el fomento de su desarrollo local. 2. La Mancomunidad para el desarrollo integral de la comarca y de los municipios que la integran podrá ejercer competencias sobre las siguientes áreas o materias: a) Información y promoción de actividades turísticas de interés y ámbito local. b) Área de sostenibilidad medioambiental, gestión de los residuos sólidos urbanos y del ciclo del agua. c) Área de sanidad, bienestar social e igualdad, incluida la prestación de los servicios sociales y de promoción y reinserción social. d) Área de seguridad, policía local, guardería rural y emergencias. e) Área de cultura, juventud, educación y deportiva. f) Área de fomento económico y desarrollo local. g) Área de urbanismo, vivienda y ordenación del territorio. h) Área de infraestructuras, dotaciones y equipamientos. i) Área de participación ciudadana, igualdad, información y comunicación. j) Área de contratación y gestión administrativa y modernización. 3. La prestación y explotación de los servicios podrá realizarla la Mancomunidad conforme a cualquiera de las formas previstas en el ordenamiento jurídico vigente. 4. Los ayuntamientos mancomunados podrán participar en alguna o todas las áreas y/o materias establecidas en el apartado 1 de este artículo, previo acuerdo favorable adoptado por el órgano plenario de cada uno de ellos. 5. La prestación dentro de las materias y/o áreas enumerados en el párrafo 1 de este artículo supone la subrogación por parte de la Mancomunidad en la titularidad del servicio, correspondiéndole, por tanto, la gestión integral del mismo, así como todo lo referente a la imposición y ordenación de la tasa que pudiera imponerse. 6. La Mancomunidad podrá prestar otras competencias enumeradas en la normativa básica de régimen local, siempre que sean precisas para el cumplimiento de su finalidad y de acuerdo con la legislación aplicable a cada una de dichas potestades, todo ello de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 de la Ley 21/2018, de 16 de octubre, de mancomunidades de la Comunitat Valenciana. 7. Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 4.3 de la Ley 21/2018, de 16 de octubre, de mancomunidades de la Comunitat Valenciana, aunque no exista previsión estatutaria que atribuya a la Mancomunidad alguna competencia, potestad o prerrogativa, se entenderá que le corresponde siempre que sea precisa para el cumplimiento de los fines recogidos en sus estatutos y conforme con lo establecido por la legislación básica aplicable.
Página Web:
Estado:
Activa
Ambito comarcal:
Si
Municipios integrantes:
Ademuz
Casas Altas
Casas Bajas
Castielfabib
Puebla de San Miguel
Torrebaja
Vallanca
Entidades Locales Menores integrantes:
Anotaciones provisionales:
14/06/2023: Calificada como mancomunidad de ámbito comarcal mediante Resolución de la Secretaria Autonómica de Cohesión Territorial y Políticas contra el Despoblamiento de 01.06.2023 (DOGV nº 9616 de 13.06.2023)
Entes de derecho público o privado dependientes o vinculados: