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Registro de Entidades Locales
Mancomunitat de l’Alt Vinalopó
Denominación:
Mancomunitat de l’Alt Vinalopó
CIF:
P0300130B
Dirección:
C/ Cardenal Payà 41 (Beneixama)
Código Postal:
03460
Teléfono:
965822101
Fax:
965822401
Correo Electrónico:
ss.ss.mancomunidad@gmail.com
Provincia:
Alacant/Alicante
Capitalidad:
Beneixama
Fecha estatutos:
2024-03-28
Competencias:
1. La «Mancomunitat de l’Alt Vinalopó», en conformidad con la normativa de régimen local, así como de la normativa de ámbito estatal y autonómico aplicable, tendrá las siguientes competencias: a) Detección y estudio de las situaciones de necesidad social en su ámbito territorial, fomentando la colaboración con todos sus agentes sociales. b) La provisión y la gestión de los servicios sociales de atención primaria de carácter básico a los cuales hace referencia el artículo 18.1 de la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de servicios sociales inclusivos de la Comunidad Valenciana. c) La dotación de espacios, equipamiento y el personal suficiente y adecuado para la provisión de las prestaciones de la atención primaria. d) Los servicios de infancia y adolescencia, diversidad funcional o discapacidad y trastorno mental crónico de la atención primaria de carácter específico regulados en Ley 3/2019, de 18 de febrero, de servicios sociales inclusivos de la Comunidad Valenciana. e) La colaboración en las funciones de inspección y control de la calidad de acuerdo con la legislación autonómica f) La supervisión de casos, la formación, la asistencia técnica y la orientación de las personas profesionales del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales de su ámbito competencial. g) La garantía de la suficiencia financiera, técnica y de recursos humanos de las prestaciones garantizadas que sean objeto de su competencia dentro del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales, con la colaboración de la Generalitat o la diputación provincial. h) Cualquier otra competencia que los sea atribuida por una disposición legal y por la normativa vigente en los municipios en materia de servicios sociales. y) Medio ambiente urbano: en concreto, gestión de los residuos sólidos urbanos, que incluye la recogida y tratamiento de los residuos, la limpieza viaria, el mantenimiento de parques y jardines públicos y la limpieza de los edificios de titularidad municipal. 2. Para la asunción de nuevas competencias será necesaria la conformidad de todos los municipios interesados por acuerdo de su pleno municipal adoptado por mayoría absoluta, que comportará la simultánea modificación de los estatutos de la Mancomunidad en conformidad con lo establecido en la Ley de régimen local de la Comunidad Valenciana. 3. La Mancomunidad estudiará estas peticiones y resolverá la viabilidad. 4. La prestación y la explotación de los servicios podrá ser realizada por la Mancomunidad conforme a cualquier de las formas previstas en el ordenamiento jurídico vigente. 5. El ejercicio de las competencias, enumeradas en el primer párrafo de este artículo, supone la subrogación por parte de la Mancomunidad en la titularidad del servicio derivado, y le corresponderá por lo tanto la gestión integral de este, en concreto el establecimiento e imposición, si procede, de la tasa o figura análoga al hecho imponible.
Página Web:
Estado:
Activa
Ambito comarcal:
No
Municipios integrantes:
Beneixama
Biar
Camp de Mirra, el/Campo de Mirra
Cañada
Salinas
Entidades Locales Menores integrantes:
Anotaciones provisionales:
Entes de derecho público o privado dependientes o vinculados: