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Registro de Entidades Locales
Mancomunidad Hoya de Buñol-Chiva
Denominación:
Mancomunidad Hoya de Buñol-Chiva
CIF:
P4600025C
Dirección:
c/ Peset Aleixandre, s/n (Yátova)
Código Postal:
46367
Teléfono:
962504887
Fax:
962503668
Correo Electrónico:
contamancomunidad@gmail.com
Provincia:
València/Valencia
Capitalidad:
Yátova
Fecha estatutos:
2022-05-26
Competencias:
Artículo 4. Objeto y competencias 1. La Mancomunidad se constituye al objeto de prestar los servicios o realizar las obras que serán necesarios para que los municipios que la componen puedan ejercer las competencias reconocidas por la legislación vigente, sean propias o por delegación. 2. En concreto, la Mancomunidad prestará los siguientes servicios: a) Servicio de promoción de la actividad turística. b) Servicio de valija y mensajería. c) Servicio de recogida de animales. d) Servicio de evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social. e) Servicio de maquinaria mancomunada. f) Servicio de asistencia a los municipios en la tramitación de expedientes en materia de su competencia. g) Prestará a su vez en virtud del Convenio de colaboración publicado en el BOE núm. 155, de 29 de junio de 2012, entre la Dirección General del Catastro, a través de la Gerencia Regional del Catastro de Valencia, y la Mancomunidad de municipios de la Hoya de Buñol-Chiva, el ejercicio de las funciones de gestión catastral cuyo contenido y régimen jurídico figuran especificados en sus cláusulas, sin perjuicio de la titularidad de las competencias que, en la materia objeto del convenio, corresponden a la Dirección General del Catastro. h) Prestará además todos aquellos servicios que le delegue la Comunidad Autónoma y la Diputación en el ámbito de sus respectivas competencias. i) Prestación del servicio de recogida de residuos urbanos sólidos y limpieza viaria por delegación de los municipios que integran la Mancomunidad. j) Prestación del servicio de gestión recaudatoria y tributaria por delegación de los municipios que integran la Mancomunidad. Para la asunción de nuevos servicios será necesaria la tramitación prevista para la modificación constitutiva de los Estatutos. 3. La Mancomunidad estudiará estas peticiones y resolverá sobre su viabilidad. 4. La prestación y explotación de los servicios podrá realizarla la Mancomunidad conforme a cualquiera de las formas previstas en el ordenamiento jurídico vigente. 5. La prestación de los servicios enumerados en el párrafo primero de este artículo supondrá, cuando así se acuerde, la subrogación por parte de la Mancomunidad en la titularidad del servicio, y le corresponderá, por tanto, la gestión integral del mismo, así como todo lo referente a la imposición y ordenación de la tasa que pudiera imponerse. 6. La prestación y explotación de los servicios podrá realizarla la Mancomunidad conforme a cualquiera de las formas previstas en el ordenamiento jurídico vigente. 7. Para la prestación de los servicios enumerados en el párrafo segundo de este artículo se requiere acuerdo del pleno del municipio integrante de la Mancomunidad que quiera se le preste el mencionado servicio por la Mancomunidad.
Página Web:
www.mancomunidadhoyabunyolchiva.es
Estado:
Activa
Ambito comarcal:
No
Municipios integrantes:
Alborache
Buñol
Cortes de Pallás
Cheste
Chiva
Dos Aguas
Godelleta
Macastre
Millares
Siete Aguas
Yátova
Entidades Locales Menores integrantes:
Anotaciones provisionales:
Entes de derecho público o privado dependientes o vinculados: